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    Habilitaciones y Certificaciones

    Atento a dar cumplimiento con lo establecido por los Entes Habilitantes y Fiscalizadores que rigen la actividad de las Empresas Prestadoras de Servicios de Seguridad Privada, aquellas empresas que presten servicios de seguridad, deberán presentar dentro del termino de las 72 horas, las fotocopias (certificadas por el Jefe de Seguridad) de la documentación que a continuación se detalla:

    Ley 12297 y Decretos que la reglamentan:
    • Habilitación como Prestadora de Servicios de Seguridad Privada, emitida por el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Bs. As., Dirección General Fiscalizadora de Agencias de Investigaciones y Seguridad privada.
    • Alta de Objetivo.
    • Alta del Personal.
    • Alta de Armas que utilizan en el recorrido.
    • Alta de Móviles que utilizan en el recorrido.
    • Constancia de inscripción a fin de dar cumplimiento con el Articulo 18 de la Ley 12297 y Resolución Ministerial 987/02, Disposiciones 10/03, 16/03 y 10/04 (Cursos de Capacitación del Personal de Seguridad en Centros Habilitados).


    Ley 118 y Decretos que la Reglamentan:
    • Habilitación como Prestadora de Servicios de Seguridad Privada, emitida por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, o en su defecto homologación si hubiera sido habilitada por Policía Federal Argentina.
    • Alta de Objetivo.
    • Alta de Personal.
    • Alta de Armas que se utilizan en el recorrido.
    • Alta de Móviles que utilizan en el recorrido. 


    Ordenanza Policial 01/94, Prefectura Naval Arg., Div. Control de la Naveg., Sección Reg. Portuarios:
    • Alta de Objetivo.
    • Alta de Personal.
    • Alta de Armas que se utilizan en el recorrido.
    • Alta de Móviles que se utilizan en el recorrido.


    Leyes 20429, 23979 y 24492 – Decretos 395/75 y 252/94 – Ministerio de Defensa (RENAR):
    • Inscripción Usuario Colectivo, con Dictamen de tipo de armas, calibres y ámbito de    aplicación otorgado.
    • Tenencias de las Armas de Fuego a utilizar.
    • Credencial de Legitimo Usuario Civil Condicional del Personal.
    • Portación de Armas de Fuego del Personal.


    Relación de Dependencia:
    • Listado del personal afectado a cada uno de los objetivos o custodias.
    • Alta temprana del personal.
    • Recibo de sueldos del personal.
    • Formulario 931 AFIP, presentación y pago, con el correspondiente soporte donde conste el personal afectado.
    • Certificado de cobertura ART.
    • Seguro vida obligatorio, constancia de vigencia.
    • Seguro de responsabilidad civil por hechos o actos que cometa el personal en ocasión del trabajo hacia terceras personas o cosas, con uso de armas de fuego.
    • Seguro de los vehículos utilizados en los recorridos de custodias.
    • Constancia de presentación y pago del impuesto sobre el valor agregado.
    • Constancia de inscripción y pago de aportes y contribuciones sobre obra social, sindicato y ayuda solidaria.
    • Constancia de inscripción en CAESI y su correspondiente certificado de calidad.


    CONTROL® Prestadora de Servicios de Seguridad Privada pone a su disposición una carpeta con sus correspondientes habilitaciones y certificaciones.

    Para descargarla HAGA CLICK AQUI